PROTECCION DE LOS DERECHOS DEL CONSUMIDOR.Por Cristian Galindo
Nuestro país a partir de la sanción de la Ley de Protección de los derechos del Consumidor, que lleva el Número 24.240 y la posterior consagración constitucional de dicha materia en la reforma de 1994, ha dado un importante avance. Asimismo, es mucho lo que falta por hacer en pos de garantizar una concreta y real oportunidad de situar en un punto de equilibrio a los proveedores de bienes y servicios y a los consumidores.
Por ese motivo se hace indispensable la presencia del Estado, con el fin de corregir las imperfecciones y desequilibrios del mercado a que se ve expuesta la parte débil de la relación de consumo, es decir el consumidor.
Las Directrices para la Defensa del Consumidor, de las Naciones Unidas de 1985, establecen entre otros puntos, que los Gobiernos de los Estados miembros deben desarrollar políticas enérgicas de protección al consumidor y diseñar infraestructuras adecuadas para aplicarlas.
Contrariamente a esto, observamos como a nivel nacional y provincial, los órganos de control de las empresas privatizadas prestadoras de servicios, muchas de ellas monopólicas, fueron concebidos sin demasiada convicción, como un subproducto residual de las privatizaciones y sin dar una efectiva participación a los usuarios en los mismos.
Por otro lado, se ha omitido estimular la creación y participación de los ciudadanos en las asociaciones de consumidores. A la vez que desde el Estado Provincial (Autoridad de Aplicación de la Ley 24240) no se ha cumplido con una firme función de prevención y orientación de los ciudadanos, ya que sólo se ha limitado a recibir denuncias individuales y a tramitarlas administrativamente.
Por tal motivo sería importante que las autoridades provinciales, dada la responsabilidad que se les ha asignado en la materia, comprendan la necesidad entre otras cosas, de que sea creado un organismo de jerarquía institucional superior al actual, con competencia exclusiva en la protección de los derechos del consumidor, con presencia en todo el territorio de la Provincia, ya que hasta el momento sólo las Ciudades de Santa Fe y Rosario cuentan con oficinas de la Dirección Gral. de Comercio Interior, hecho este que genera una situación de indefensión para el resto de los santafesinos y que podría ser subsanado a través de la delegación en los municipios de la facultad de aplicar la Ley 24240, así como también sean ejecutados programas de divulgación pública sobre los derechos del consumidor, se fomente la investigación científica, se preste especial atención a los consumidores en situación cultural desventajosa, se legisle sobre la gratuidad de las acciones judiciales, se extiendan los efectos de las sentencias a favor de los consumidores, se practiquen políticas de acceso al consumo que garanticen la satisfacción de necesidades básicas de los ciudadanos, se establezcan mecanismos eficaces para la compensación de daños, se promuevan precios justos, se incorpore la educación para el consumo a los programas de educación formal primario y secundario (previsto en la Ley Pcial. Nro. 12072 BO. 20/12/02 y nunca implementada).
La efectividad de la defensa de los consumidores no queda asegurada por el mero reconocimiento de derechos, por lo que se hace necesario la ejecución de políticas y acciones tendientes a implementar mecanismos instrumentales que garanticen la concreción real y efectiva de la protección del consumidor.
Debemos adoptar un rol activo en la defensa de nuestros derechos, las herramientas son aún insuficientes, a la vez que hace falta un compromiso más pleno de todos los involucrados.
(GALINDO )
Pte. ADECUA Rosario

silvia cotella dijo
Yo quisiera ponerme en contacto con Usted ya que me siento totalmente desprotejida fui a retirar un coche con un amigo a una agencia de autos.
El se anoto en un auto plan yo inocentemente pene que iba a pagar las cuotas ya que el usaba el auto y no,......
Conclusion tengo que pagar un auto que nunc use que ni se donde esta y el tiene mejor sueldo que yo por otra parte trabaja en el Registro de la PROPIEDAD DE ROSARIO...EN INHIBICIONES se llama Marcelo AGNOLI Y ME TEMO QUE ESTA EN CONNIVENCIA CON algunos abogados tan estafadores como el porque solo a mi me descuentan en mi recibo de sueldo...
saludos
20 Julio 2009 | 06:27 AM